Por Clara Vartorelli
La ciudad de Rosario está cubierta de humo. La salud de casi un millón de ciudadanos está siendo vulnerada y amenazada por cada día que pasa y las quemas no cesan. Durante los últimos días, miles de rosarinos han formado parte de las protestas y los movimientos civiles para exigir la sanción de la ley de humedales. Ahora bien, ¿en qué consiste?

Se trata de un conjunto de proyectos presentados por numerosos diputados y senadores que, en conjunto, buscan la protección de los humedales ubicados en el Paraná. En líneas generales, buscan la conservación de estos recursos ambientales y su restauración en los casos en donde ya haya un daño considerable. Además, contemplan la creación de un presupuesto para la promoción de las medidas [1],
Históricamente, pueden nombrarse numerosos intentos de proyectos que fracasaron al no obtener las sanciones por vencimiento de plazos. El primer proyecto fue presentado en el año 2013 por la senadora Elsa Ruiz Díaz y luego fue fusionado para obtener mayor respaldo. Sin embargo, en 2015 careció de media sanción para su aprobación. La suerte de los demás proyectos fue idéntica o muy similar: o bien no lograron alcanzar la mitad de la sanción o vencieron los plazos de aprobación [2].
Nos enfrentamos a una larga historia de violación de derechos de incidencia colectiva y de un profundo rechazo al camino que Argentina seguía por la defensa del medio ambiente. Desde el año 1994, tras la incorporación del artículo 41 a la Constitución Nacional, nuestro país daba jerarquía constitucional al derecho a un “ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano” (Constitución Nacional, 1994: 1).
El artículo número 41 de la Constitución Nacional no se limita solamente al reconocimiento de este derecho, sino que también establece obligaciones para las autoridades. Expresamente reconoce que las autoridades deben garantizar la protección de dicho derecho, junto con el uso racional de los recursos naturales y “(...) la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales” (Constitución Nacional, 1994: 1). En definitiva, no caben dudas de la deuda nacional con el pueblo rosarino.
La falta de sanción de la ley retrasa años de progreso en el sistema argentino por el reconocimiento del derecho a un ambiente sano. Podemos enumerar gran cantidad de ocasiones en las cuales el medio ambiente ha sido considerado objeto de especial protección. Los intentos tampoco cesan en la actualidad, con la búsqueda por la inclusión en el código penal del delito de ecocidio. Dicho tipo penal incluiría incluso prácticas económicas como la tala y la pesca ilegal y sería aplicable a personas jurídicas tales como empresas explotadoras de recursos (Continental, 2022: 2).
Uno de los logros más importantes fue la sanción de la ley 25.675 conocida como Ley General del Ambiente. Allí se establecen los principios y los objetivos de la política ambiental.
Los principios ambientales establecidos en la Ley General del Ambiente no dejan lugar a dudas de la obligación estatal de la sanción de la ley de humedales. Por mencionar alguno, el artículo 2, inciso k es más que claro. Es obligatorio: “(...) establecer procedimientos y mecanismos adecuados para la minimización de riesgos ambientales, para la prevención y mitigación de emergencias ambientales y para la recomposición de los daños causados por la contaminación ambiental” [3]. El proyecto presentado para la preservación de los humedales es más que idóneo para dichos fines.
El poder legislativo está en deuda. Una deuda que les está costando la salud y la integridad física a cientos de miles de ciudadanos argentinos. El 11 de julio de 2022 el Consejo Federal de Medio Ambiente ya redactó un proyecto unificado de acuerdo a sus potestades (COFEMA, 2022: 2).
¿Qué están esperando?
Notas al pie:
[1] Según el sitio web Ley de Humedales Ya. Recuperado de: https://www.leydehumedalesya.org/ (Captura 11/08/2022 17:15).
[2] Según el expediente 1628/13 del proyecto unificado emitido por el Senado de la Nación donde certifica el vencimiento del proyecto. Recuperado de: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/1628.13/S/PL
(Captura 11/08/2022 17:16).
[3] Dichos principios y obligaciones se desprenden de la ley nacional 25.675, conocida como Ley General del Ambiente. Recuperado el 11 de agosto de 2022 de: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/75000-79999/79980/norma.htm
Bibliografía:
3: COFEMA (2022), Se consensuó en el COFEMA un proyecto de ley de humedales para ser presentado en el Congreso. Recuperado el 11 de agosto de 2022 de: https://www.argentina.gob.ar/noticias/se-consensuo-en-el-cofema-un-proyecto-de-ley-de-humedales-para-ser-presentado-en-el-0 (Captura 11/08/2022).
2: Continental (2022), Proponen incorporar el 'ecocidio' como delito en el Código Penal. Recuperado el 16 de agosto de 2022 de:
1: Constitución Nacional Argentina, artículo 41,1994.
Edición por Lucia Chico