Por Julián Algueiro
En septiembre del año 2020 el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el decreto 721/2020, estableció para todo el Sector Público Nacional que los cargos de personal deberán ser ocupados, en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de los mismos, por personas travestis, transexuales y transgéneros. En este acto, reconoce como Estado Nacional la importancia del pleno goce de los derechos humanos de las personas pertenecientes a este colectivo. En agosto de ese mismo año, la Asociación Bancaria logró la firma del cupo laboral travesti-trans en el Banco Nación de la República Argentina (BNA).
El objetivo del cupo establecido por el BNA (1%) es instrumentar medidas específicas tendientes a suprimir la exclusión y discriminación estructural originadas por prejuicios históricos contra las personas travestis, transexuales y transgénero, con la finalidad de generar acciones positivas urgentes para su reversión. No obstante, se debe tomar en cuenta el hecho de que la marginación de este colectivo del mercado de trabajo es consecuencia de múltiples factores que imposibilitan el libre goce de derechos, que no solo tienen que ver con el ámbito laboral (González, 2017).

Según el Informe Final realizado por la Asociación Travestis, Transexuales y Transgéneros Argentina (en adelante ATTTA) junto a la Fundación Huésped en el año 2013, el nivel de deserción escolar del colectivo es del 48.8% al momento de manifestar su identidad de género. Este porcentaje aumenta considerablemente cuando se superan los 18 años de edad ya que, de las personas encuestadas, el 66.2% ha declarado no haber terminado sus estudios secundarios. Con respecto a la situación laboral del informe realizado por ATTTA, los datos expresan que el 71% de las personas encuestadas trabajan como autónomas o por cuenta propia, evidenciando una situación laboral precaria con elevada informalidad, y destaca el hecho de que solo el 14.6% afirmó nunca haber realizado trabajo sexual. Según la Primera Encuesta Sobre la Población Trans del INDEC, realizada en el municipio de La Matanza, de las personas encuestadas el 73.2% manifestó que está o estuvo realizando trabajo sexual, de las cuales el 72.2% dijo estar buscando otra fuente de ingreso.
Cupo laboral travesti-trans en el Banco Nación.
Lo distintivo del cupo laboral es la creación de un comité que tiene como responsabilidad primaria diseñar, implementar y supervisar programas de coordinación y colaboración con organismos y entes nacionales, provinciales y municipales, así como con los Sectores del Banco Nación que se encuentren abocados a la defensa de los derechos humanos y el desarrollo de campañas en materia de género, diversidad sexual e identidades de género en el ámbito laboral. El Comité está conformado por al menos un representante de la Asociación Bancaria, un representante nominado por la Gerencia General del Banco y un representante de la Presidencia de la entidad bancaria. El mismo se enfoca en la confección de un registro único de aspirantes, en la colaboración y supervisión del armado de distintos programas de concientización que tengan como fin remarcar la importancia de la inserción laboral equitativa e igualitaria, en campañas tanto para el personal bancario como para clientes, basadas en el respeto a la diversidad sexual e identidades de género en los distintos sectores del mundo laboral y en la promoción de la inclusión del colectivo en espacios de capacitación que permitan mejorar su rendimiento, la calidad de su trabajo, elevar su productividad y, consecuentemente, acceder a escalafones superiores.
Paralelamente, se observa una serie de asignaturas pendientes que son necesarias evaluar de cara al futuro para que la implementación del cupo laboral se vea reflejado en todo el sistema financiero argentino. La banca pública debe seguir, necesariamente, encabezando esta conquista para que se pueda replicar en todo el territorio nacional y que empuje a la banca privada, tanto nacional como extranjera, en la firma de este acuerdo para la inclusión del colectivo travesti - trans (Guirado y Solana, 2021). El sistema financiero tiene estructura y recursos para generar espacios laborales libres de violencia y discriminación, en los cuales las identidades trans de nuestra sociedad puedan revertir la vulneración de sus derechos que han sufrido históricamente. El acceso a los derechos básicos, a una adecuada calidad de vida y a la salud integral tienen que ser los ejes centrales que este sistema debe adoptar para el conjunto del colectivo travesti – trans.
La inserción laboral debe estar acompañada por un programa sistematizado para que se pueda prolongar en el tiempo. El colectivo travesti-trans se encuentra limitado en poseer un título secundario, un elemento básico que suelen pedir los empleadores para ingresar a un trabajo registrado (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2015), por ello es necesario que se elabore una política de acompañamiento para que la posibilidad de este colectivo de terminar sus estudios secundarios sea una realidad concreta y que deje de funcionar como bloqueo para el ingreso al rubro laboral. Otro aspecto importante para considerar son las capacitaciones al colectivo de trabajadores y trabajadoras de las entidades financieras para evitar cualquier tipo de discriminación, violencia y reproducción de tareas mal asociadas y/o discriminadas por los géneros, ya que el ascenso laboral debe ser un derecho para todes.
En tal sentido, el rol sindical es fundamental para el seguimiento y la implementación, no solo del cupo laboral sino de todas las políticas que deben ser desarrolladas y potenciadas en consecuencia. A través de las políticas de género y de derechos humanos, el accionar gremial tiene una herramienta fundamental en el comité del Banco Nación que necesariamente debe replicarse en el resto del sistema financiero con el objetivo de generar los acuerdos necesarios para que el colectivo travesti-trans forme parte y cumpla un rol fundamental en este sector con inclusión y generación de derechos.
Bibliografía
Asociación Travestis, Transexuales y Transgéneros Argentina y Fundación Huésped (2017). Ley de Identidad de Género y acceso al cuidado de la salud de las personas trans en Argentina.
https://www.huesped.org.ar/wp-content/uploads/2014/05/OSI-informe-FINAL.pdf
Constitución Nacional Argentina, art. 75, inc. 23.
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm
INDEC (2012) Primera Encuesta sobre Población Trans.
https://www.indec.gob.ar/micro_sitios/WebEncuestaTrans/pp_encuesta_trans_set2012.pdf
Guirado, M. S y Solana, A. (2021) Interrogantes y desafíos para la inclusión laboral travesti-trans en el ámbito privado.
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/ensayossobreeconomiaygenero.pdf#page=91
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2015). Violencia contra Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex en América.
http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/violenciapersonaslgbti.pdf
Editado por Candela Silva Carrera